Una sentencia de la Audiencia de Barcelona estima parcialmente el recurso de las productoras Mil Lunas, Centro Esotérico Rossana, Victoria dels Angels, Gabinete Parapsicológico Mystic, Bernacel 2001 y Mercasystems Plus contra una instrucción del CAC sobre la normativa que regula estos programas.
La sentencia sostiene que el CAC incurre en una "generalización y arbitrariedad" cuando afirma que todos estos programas son lesivos para la integridad de las personas al definirlos como "programas de magia negra y adivinación".
Por ello, el juez establece que para no hacer una "valoración abstracta, apriorística y general de estos programas", el CAC debe analizarlos "caso por caso" y prohibir la emisión de estos contenidos en horario protegido cuando "puedan producir aquel perjuicio".
El juez ha explicado que la señalización adecuada para estos programas cuando tienen contenidos "perjudiciales" -'No recomendado para menores de 18 años'- debe aparecer en la pantalla acompañada de una señal acústica, y que, al ser perjudiciales, deben emitirse fuera del horario protegido -de 6 a 22 horas-.